Es el órgano superior de autoridad de la Liga Nacional de Fútbol y ostenta la representación legal y deportiva, ante la Federación Nacional de Fútbol de Guatemala y los entes con los que interactúa. Está integrado con los siguientes cargos:
Presidente Secretario Tesorero Vocal I Vocal II
Actualmente el Comité Ejecutivo de ésta Liga lo conforman: (de izquierda a derecha) Sr. Manuel Martínez (Vocal I), Dr. Héctor Escobedo (Tesorero), Sr. Alfonso Cruz Berganza (Presidente), Sr. René Taracena (Vocal II), Sr. Edmundo Ruano (Secretario) y Sr. Wilian Rosales (Gerente Administrativo).
Funciones
Cumplir y hacer que se cumplan los Estatutos de la Liga Nacional de Fútbol de Guatemala, los Reglamentos y las resoluciones adoptadas por la Asamblea General.
Reunirse una vez a la semana ordinariamente y extraordinariamente cuando sea necesario o cuando sea convocado por el presidente del Comité Ejecutivo en funciones.
Nombrar al Gerente Administrativo de la Liga Nacional.
Integrar, nombrar y destituir al personal administrativo de la Liga Nacional.
Establecer las políticas, normas y procedimientos administrativos de trabajo dentro de la entidad.
Rendir anualmente un informe de Auditoria Externa a la Asamblea General de la Liga Nacional.
Conocer en primera instancia aquellos casos que no sean competencia del Órgano Disciplinario; con el propósito de ejercer fines conciliatorios o col el afán de hacerlos del conocimiento del Tribunal Arbitral de la Federación Nacional de Fútbol.
Organizar, dirigir y reglamentar los campeonatos oficiales de la Liga Nacional.
Formular la Memoria Anual de Labores; es decir una reseña de las actividades desarrolladas durante su gestión administrativa. Misma que deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea General.
Administrar todos los recursos de la Liga Nacional; háblese de recursos humanos, físicos o materiales, económicos y tecnológicos.
Formular proyectos (generar ideas o posibilidades que garanticen el uso eficiente de los recursos, para proveer la factibilidad de los mismos y así poder determinar el grado de rentabilidad y las variables que intervendrán en la realización de los mismos y así poder alcanzar los objetivos organizacionales establecidos) y programas (conjunto de metas, políticas, procedimientos, reglas, asignaciones de funciones, pasos a seguir, recursos a emplear y otros elementos necesarios para llevar a cabo una acción determinada) de trabajo anuales.
Colocar a los miembros del Órgano Disciplinario en la posesión de los cargos a ocupar dentro de la Liga Nacional.
Dar cumplimiento a todas las sanciones impuestas por el Órgano Disciplinario de la Liga, de acuerdo a la forma en que fueron acordadas o pactadas.
Solicitar a la Federación Nacional de Fútbol el boletaje para los eventos deportivos .
Solicitar a la Federación Nacional de Fútbol la autorización para realizar eventos fuera de competencia o torneos oficiales.
Solicitar a la Federación Nacional de Fútbol la designación del delegado de prensa y de la Federación Nacional.
Solicitar a la Federación Nacional de Fútbol la autorización para que cualquiera de sus afiliados pueda realizar giras al exterior.
Enviar a la Federación Nacional de Fútbol los contratos que celebren los equipos o clubes con sus jugadores en un término de diez días a partir de la fecha en que los mismos se celebren; para fines de aprobación y registro de los mismos.
Asumir transitoriamente las funciones del Órgano Disciplinario; cuando este no estuviere conformado.
Organizar un Acto especial para cerrar la temporada de juego y realizar la premiación a los clubes y jugadores destacados en los torneos de apertura y clausura, además, se hará entrega del premio Novato del Año a aquel jugador menor de veintiún (21) años que haya destacado en su primera temporada en la Liga Nacional.
Podrá promover la realización de la prueba anti-doping, mismas que se deberán realizar de manera sorpresiva en los partidos o en las canchas de entrenamiento de los Clubes Afiliados. En este caso, la Liga será quien sufrague el costo de las mismas.
Resolver todos aquellos casos que no estén previstos dentro de los Estatutos y que por la naturaleza de sus funciones le competan.